Preguntas frecuentes sobre el material para prevención de incendios.

Preguntas Frecuentes

Hay dudas que son generales cuando se trata de prevención de incendios.
En esta sección os dejamos esas preguntas que generalmente
nos hacen nuestros clientes,  tanto sobre el material contra incendios,
como sobre su mantenimiento.

Por tanto,  de acuerdo con lo establecido en el RD 513/2017 del 22 mayo
sobre instalaciones de protección contra incendios podemos decir:

Anual, semestral y trimestralmente.

  • Las revisiones trimestrales: Personal especializado del fabricante, de una empresa
    mantenedora, o bien, por el personal del usuario o titular de la instalación.
  • Las revisiones anuales: Personal especializado del fabricante o por el personal de la empresa mantenedora

Si eres el titular o usuario de este, podrás realizar la revisión trimestral.

Las revisiones anuales solo las pueden realizar las empresas homologadas para ello.

Deberás elaborar unas actas que contendrán como mínimo la información siguiente:
1.º Nombre y domicilio de la propiedad de la instalación.
2.º Nombre y cargo del representante de la propiedad responsable de la instalación.
3.º Nombre y cargo del representante de la propiedad responsable ante las operaciones de mantenimiento que se van a llevar a cabo.
4.º Domicilio de localización de la instalación y fecha de instalación.
5.º Empresa responsable de la última inspección y fecha de la misma.
6.º Datos del último mantenimiento trimestral.
7.º Nombre de la/s persona/s responsable/s de realizar las operaciones.
8º. Actas deben ir firmadas por la/s persona/s responsable/s de realizar las operaciones y el representante de la propiedad de la instalación.
Estas actas se conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, al menos durante cinco años, indicando, como mínimo, las operaciones y comprobaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos, que se hayan realizado.

Están obligados a pasar una inspección por OCA:
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES: Son obligatorias cada cinco, cuatro y tres años.
– Cada cinco años: Cuando el riesgo de la actividad es bajo.
– Cada cuatro años: Si el riesgo es medio.
– Cada tres años: Si el riesgo es alto.
ESTABLECIMIENTOS NO INDUSTRIALES: Están obligados a parar una inspección cada diez años las instalaciones con:
– Uso administrativo con superficie construida mayor de 2000 m².
– Uso docente con superficie construida mayor de 2000 m².
– Uso comercial con superficie construida mayor de 500 m².
– Uso pública concurrencia con superficie construida mayor de 500 m².
– Uso aparcamiento con superficie construida mayor de 500 m²

Es una prueba que se realiza a los extintores cada cinco años.  También llamada prueba hidráulica, consiste en someter el envase a una gran presión interna.

Sí. De acuerdo con el RD 2060/2008 de Aparatos de Presión, esta prueba ha de realizarse cuatro veces (cada cinco años) durante los 20 años de vida del extintor. La primera de ellas la realiza el fabricante y las siguientes la empresa mantenedora homologada.